El Supremo decidirá quién debe pagar el impuesto de las hipotecas en un pleno el 5 de noviembre
El 23 de octubre se reunieron los magistrados que dictaron la semana pasada la sentencia que establecía que la banca, y no sus clientes, debía hacerse cargo del pago del impuesto de actos jurídicos documentados en la firma de una hipoteca, por lo que ya es posible reclamar dicho impuesto de las hipotecas.
Los magistrados analizan qué ocurrirá con la sentencia que, de aplicarse, permitirá a los hipotecados reclamar la totalidad de los gastos de formalización de una hipoteca que vienen impuestos por el banco en la escritura de préstamo: notaría, registro de la propiedad, gestoría, tasación e impuesto de actos jurídicos documentados.
A pesar de que el Supremo aún debe aclarar su decisión, las asociaciones de consumidores recomiendan solicitar ya la devolución del impuesto, sobre todo en los casos en los que éste está a punto de prescribir.
¿Quién puede reclamar el impuesto de las hipotecas?
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) estima que, a raíz de esta sentencia, más de seis millones de familias hipotecadas podrán recuperar las cantidades pagadas de más de forma indebida. Según especifican desde la propia organización, tienen derecho a reclamar aquellos contribuyentes que cumplan estos requisitos:
- Quienes tengan un préstamo hipotecario vivo (no pagado en su totalidad), que no hayan reclamado.
- Quienes tengan un préstamo hipotecario vivo (no pagado en su totalidad), que hayan iniciado la reclamación y no tengan una sentencia firme.
- Quienes tengan un préstamo hipotecario amortizado y no hayan transcurrido cuatro años.
Por tanto, aquellas personas que ya reclamaron el impuesto antes y obtuvieron una sentencia firme, no podrán volver a pedir el dinero a la entidad correspondiente.
¿Cuánto pueden reclamar?
La totalidad del importe pagado por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, así como por el resto de conceptos (notario, registro, gestoría, tasación). La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma, no obstante, la OCU ha elaborado un caso de ejemplo tomando como referencia una hipoteca media de 150.000 euros, con una responsabilidad hipotecaria de 255.000 euros. En este caso:
- El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: 2.550 euros
- La formalización ante notario: unos 425 euros
- La inscripción en el registro de la propiedad: 122 euros
En total serían unos 3.100 euros que habría pagado el consumidor y ahora le correspondería al banco.
¿Es mejor solicitar la devolución ya?
Las asociaciones de consumidores animan a los afectados a reclamar el dinero cuanto antes. Facua cree que los usuarios que firmaron sus préstamos hace cuatro años no deben demorar sus peticiones y han de presentarlas cuanto antes, a pesar de que el Supremo ha dejado en el aire la sentencia. En Nicea Asesores sse recomienda solicitar la devolución cuánto antes para evitar la demora en caso «de colapso en las demandas».
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